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Complemento para reducir la brecha de género en Móstoles

El complemento para la reducción de la brecha de género acompaña a determinadas pensiones contributivas causadas desde el 4 de febrero de 2021. Pueden acceder mujeres y hombres con uno o más hijos cuando concurren las condiciones aplicables. La sentencia europea de mayo de 2025 cambió la aplicación a los padres. Para una consulta desde Móstoles resulta esencial revisar también las pensiones y los complementos del otro progenitor.

Ilustración conceptual de documentación de pensiones, una familia y un árbol familiar.
Ilustración conceptual de pensiones y vínculos familiares.

Un complemento de pensión con un régimen propio

Este complemento sustituyó al de maternidad por aportación demográfica. Muchas personas siguen llamándolo complemento de maternidad o de paternidad, pero las denominaciones coloquiales no cambian sus reglas. La fecha de hecho causante de la pensión permite situarlo: desde el 4 de febrero de 2021 corresponde estudiar este régimen; para el intervalo anterior existe otro sistema con requisitos y cálculo distintos.

Comprende pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente y viudedad. Se excluye la jubilación parcial, aunque el acceso posterior a la jubilación plena puede permitir su reconocimiento si se cumplen las condiciones. Los hijos deben haber nacido con vida o haber sido adoptados antes del hecho causante. El antiguo requisito de dos hijos no se traslada aquí: basta uno para iniciar el examen del derecho, sin perjuicio de las demás exigencias y exclusiones legales.

Qué supone la sentencia de mayo de 2025 para los hombres

El TJUE resolvió el 15 de mayo de 2025, en los asuntos C-623/23 y C-626/23, que los requisitos adicionales impuestos a los hombres sobre la interrupción o afectación de su carrera profesional eran discriminatorios. La información oficial de la Seguridad Social y el criterio INSS 12/2025 establecen su aplicación a los varones en los mismos términos generales que a las mujeres. Ya no procede exigir aquellos obstáculos adicionales del artículo 60.1.a) y b).

El texto del artículo 60 debe leerse junto con esa sentencia y su aplicación administrativa. Repetir aisladamente una antigua lista de requisitos masculinos puede conducir a descartar una solicitud que merece revisión. Aun así, la decisión europea no supone reconocimiento automático: siguen importando la clase de pensión, los hijos computables, las exclusiones legales y las reglas de concurrencia entre progenitores.

Un complemento por hijo y comparación entre progenitores

Cada hijo solo puede dar lugar a un complemento de este régimen. Si únicamente lo solicita uno de los progenitores, el derecho puede reconocerse y mantenerse mientras no exista solicitud y reconocimiento a favor del otro. Cuando ambos lo piden o el otro ya lo percibe, corresponde a quien tenga la menor suma de pensiones públicas conforme a las reglas de cómputo. En igualdad de importes se atiende a quién solicitó primero la pensión con derecho al complemento.

No se comparan solo dos ingresos bancarios de un mes. Deben identificarse las pensiones computables, sus importes iniciales revalorizados y las resoluciones de complemento. Reconocerlo al segundo progenitor puede extinguir el del primero, con el procedimiento y los efectos correspondientes. Si uno cobra el antiguo complemento de maternidad, la disposición transitoria trigésima tercera introduce otras reglas de deducción y compatibilidad que exigen estudiar ambas situaciones.

Cuantía y efectos: dos comprobaciones diferentes

La cuantía se fija por hijo en el importe establecido para cada ejercicio, con un máximo de cuatro unidades, y se abona junto con la pensión en catorce pagas. No se calcula aplicando a la pensión los porcentajes del 5, 10 o 15 % propios del complemento antiguo. Los expedientes internacionales con pensión prorrateada y la concurrencia entre regímenes pueden necesitar operaciones específicas; el número de hijos no basta para cerrar el cálculo.

Para reconocer a varones el derecho derivado de la sentencia de 2025, el criterio oficial distingue pensiones causadas antes del 15 de mayo de 2025, cuyos efectos se vinculan a los económicos de la pensión, y las causadas después, a las que aplica la retroactividad general de tres meses. Hay reglas particulares si la madre ya lo tenía reconocido, especialmente cuando el padre fue pensionista primero y ella tiene menores pensiones. No debe prometerse el mismo periodo de atrasos a todos.

Revisar una denegación y preparar la solicitud

La versión ampliada del criterio 12/2025 permite aplicar esta interpretación a pensiones causadas desde el 4 de febrero de 2021 con independencia de la firmeza administrativa de una resolución anterior. Esto hace relevante revisar ciertas denegaciones a padres basadas en requisitos hoy inaplicables. No equivale a dejar sin efecto cualquier sentencia judicial firme: si hubo juicio deben estudiarse la decisión y sus posibles consecuencias procesales.

La petición debe identificar la pensión, los hijos y lo que se conoce de la situación del otro progenitor, aportando los justificantes exigidos. En caso de denegación o discrepancia económica se revisan la notificación y los plazos de reclamación previa y demanda. Ni una consulta informativa ni la existencia de nueva jurisprudencia sustituyen el seguimiento del expediente. La pretensión se concreta por separado respecto del reconocimiento, el periodo económico y cualquier otra cuestión que proceda.

Documentación útil para la consulta

  • Resolución de la pensión con hecho causante y efectos económicos.
  • Documentación de nacimiento, adopción y filiación de los hijos computables.
  • Pensiones públicas y resoluciones de complemento de ambos progenitores, cuando estén disponibles.
  • Solicitud, denegaciones anteriores y justificantes de notificación.
  • Reclamaciones o sentencias previas y documentación de pensiones extranjeras, si existen.

Preguntas frecuentes

¿Los padres deben demostrar ahora una interrupción de cotización por los hijos?

La Seguridad Social aplica la sentencia de 15 de mayo de 2025 sin los requisitos adicionales de afectación de carrera exigidos antes a los hombres. Deben comprobarse las condiciones generales y la concurrencia con el otro progenitor.

¿Pueden cobrarlo padre y madre por el mismo hijo?

En este régimen solo existe un complemento por hijo. Si ambos solicitan el derecho, se aplican las reglas sobre menor suma de pensiones públicas y, en caso de igualdad, prioridad de la solicitud de pensión.

¿Una denegación antigua impide siempre volver a estudiarlo?

No. El criterio INSS contempla resoluciones firmes en vía administrativa. Hay que distinguirlas de las sentencias judiciales firmes y comprobar el contenido del expediente antes de elegir el trámite.

Fuentes de consulta

Preparar la revisión del complemento desde Móstoles

La documentación puede ordenarse por fecha de pensión, solicitud y respuesta, indicando si otro progenitor ya tiene un complemento. Esa secuencia permite identificar el régimen y estudiar los efectos económicos antes de formular la petición. La gestión corresponde al INSS o, en su ámbito, al Instituto Social de la Marina; las pensiones de Clases Pasivas requieren comprobar su normativa y procedimiento específicos.

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